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Portada_ayuda_modelo_100_2024_es_es.jpgCómo añadir las cuotas a colegios profesionales en la declaración de la renta

Estimados/as colegiados/as, ya tienen a su disposición el certificado para la declaración del IRPF, enviado a su correo electrónico.

También se pueden descargar desde la Ventanilla Unica del Colegio de Médicos (Acceso aqui)

Las cuotas a colegios profesionales son gastos deducibles dentro del apartado de Rendimientos del Trabajo, pero atención, solo son deducibles las colegiaciones que sean obligatorias para ejercer el trabajo “en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite de 500 euros anuales”, indican desde la Agencia Tributaria.

La deducibilidad alcanzará única y exclusivamente a la cuota estricta de colegiación obligatoria al referido colegio profesional, es decir, sin incluir el IVA que este pueda aplicar a la cuota.

Casilla en la que se añaden los pagos al colegio profesional

Casilla 15: cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria y con máximo de 500 euros anuales).